Se trata de Raúl Omar Yausi, quien cometió el delito en 2016 mientras ejercía el cargo público. El juez Sergio Carraro le impuso una pena de tres años de cumplimiento condicional. Además, fue inhabilitado para ocupar y ejercer cargos públicos de manera perpetua. El fiscal que investigó los hechos ilícitos es Guillermo Persello.
Raúl Omar Yausi, expresidente comunal de Colonia Dolores (Departamento San Justo), fue condenado a tres años de prisión en suspenso por la autoría del delito de sustracción de efectos públicos (peculado) y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la administración pública.
La pena fue impuesta por el juez Sergio Carraro en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos. El fiscal que investigó los hechos es Guillermo Persello, a cargo de la Unidad Fiscal San Justo.
El funcionario del MPA precisó que “Yausi cometió los delitos en 2016, mientras ejercía su cargo como presidente comunal. Además de la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, se le impuso la inhabilitación absoluta y perpetua para ocupar y ejercer cargos públicos, el pago de una multa y la entrega de dinero en efectivo en concepto de donación al SAMCO de la comuna de Colonia Dolores”.
La investigación
“La denuncia fue efectuada en noviembre de 2018 por autoridades de la actual gestión de la comuna, quienes detectaron irregularidades en la escrituración de lotes de terrenos a favor de vecinos de la localidad”, explicó el fiscal Persello. También añadió que “entre esos beneficiarios estaba el condenado, quien en ese entonces era el presidente comunal de Colonia Dolores”.
El funcionario del MPA manifestó que “el lote adjudicado a Yausi pasó a integrar parte de su patrimonio personal, en detrimento del patrimonio público que, por razón de su cargo, le correspondía custodiar y administrar”.
Persello además informó que “al condenado también se le ordenó transferir la propiedad y el dominio del terreno en litigio a favor de la comuna de Colonia Dolores y hacerse cargo de los gastos de este trámite”.
F: MPA
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