El Gobierno Nacional estableció un pago extraordinario. El mismo será pagado por ANSES en dos cuotas de $ 10.000.
Así lo dispuso el Ministerio de Trabajo por medio de la Resolución 1209/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial.
El pago se aplicará a los trabajadores que tengan derecho a percibir la prestación por desempleo de las Leyes 24.013 y 25.371, pero en el caso que la persona sólo tenga derecho a percibir la prestación por desempleo solo en septiembre u octubre, "en uno de los meses sólo se le otorgará la cuota del pago extraordinario y adicional correspondiente a tal mes", de acuerdo con el texto oficial.
Por su parte, la ANSeS tendrá que disponer los medios y procedimientos pertinentes para efectivizar el pago.
Según informó el INDEC, el desempleo llegó al 6,2% en el segundo trimestre de este año, porcentaje que involucra a casi 1,4 millón de personas.
La prestación por desempleo alcanza a trabajadores que fueron despedidos sin justa causa o por fuerza mayor. En septiembre, el monto mínimo de ese beneficio es de $ 32.771 y el máximo, de $ 54.628, que se calculan según los ingresos y meses trabajados con aportes durante los últimos tres años.
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